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¿Las landing pages también deben cumplir con la Ley 21.719?

Sí. Las landing pages también deben ser revisadas dentro del proceso de adecuación a la Ley 21.719 cuando recopilan datos personales de los usuarios mediante formularios, registros, solicitudes de información, descargas de contenido, reservas u otros mecanismos de conversión.

Aunque una landing page normalmente tiene un objetivo específico de marketing, como generar contactos o aumentar conversiones, sigue formando parte del ecosistema digital de una empresa y puede involucrar la recopilación, almacenamiento y tratamiento de información personal. Por esta razón, es importante evaluar cómo se solicitan los datos, qué información se entrega al usuario y qué ocurre posteriormente con esos registros.

Una landing page preparada para buenas prácticas de protección de datos debe considerar aspectos como la claridad del formulario, la finalidad de la recopilación de información, el acceso a la Política de Privacidad, los mecanismos de consentimiento cuando corresponda, la configuración de cookies y las herramientas utilizadas para medir resultados, como Google Analytics, Google Tag Manager, Meta Pixel y plataformas de automatización o CRM.

En BEP BE PARTNERS analizamos las landing pages como parte integral de la estrategia digital, revisando no solo su diseño y capacidad de conversión, sino también los elementos relacionados con la gestión responsable de datos personales. Evaluamos formularios, herramientas de seguimiento, integraciones y flujos de captación para identificar oportunidades de mejora y fortalecer la experiencia del usuario.

¿Utilizas landing pages para captar clientes mediante campañas digitales? Solicita una auditoría con BEP BE PARTNERS y revisaremos si tus páginas de conversión están preparadas para gestionar correctamente los datos personales de tus prospectos bajo las mejores prácticas asociadas a la Ley 21.719.

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